Subgerencia de Asuntos Jurídicos

La Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad tiene como responsabilidad primaria asesorar en todas las cuestiones que requieran interpretación legal, representar y defender judicialmente a la Repartición en todos los temas relacionados con la actividad vial, sustanciar los procedimientos en materias disciplinarias y vinculadas al patrimonio inmobiliario de la Repartición.

Está compuesta por la División Asesoramiento, la División Judicial Capital, la División Judicial Interior, y la División Régimen Inmobiliario. Asimismo, la Subgerencia está integrada por las 24 Secciones de Legales y Sumarios existentes a lo largo y ancho del país, en cada uno de los Distritos Jurisdiccionales de Vialidad (desde Tierra del Fuego hasta Jujuy), y de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Organo de Control de Concesiones Viales, toda vez que a partir del dictado del Decreto 1020/09, la Dirección Nacional de Vialidad es la Autoridad de Aplicación de los Contratos de Concesiones Viales.


jueves, 15 de diciembre de 2011

6. Proyecto Dictamen Redeterminación Definitiva de Precios

EXPEDIENTE N° //////
REFERENCIA: REDETERMINACION DEFINITVA DE PRECIOS AL MES DE ////// PARA LOS RUBROS PUENTE Y CAMINO (E INCLUSIÓN DE MODIFICACIÓN DE OBRA *en caso de corresponder*)  DEL CONTRATO DE LA OBRA RUTA ////// PROVINCIA DE //////; TRAMO: /////; SECCION ////
CONTRATISTA: //////

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL
                                                                
                                                                Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio


                          Al respecto, los actuados que se tratan se  relacionan con la Redeterminación Definitiva de Precios al mes de XXXX para los Rubros “Puente y Camino” del contrato de la Obra citada en la referencia.

                           El proceso de redeterminación fue elaborado por el xxxx Distrito- xxxx-, aplicando la metodología y el instructivo vigente- Nota Circular N° 2173 (07-03-05) oportunamente dispuestos para las redeterminaciones de los contratos celebrados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD..

                            Por su parte, la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de esta D.N.V. mediante su Informe U.A.I. N° ///// ha prestado conformidad al cálculo de la Redeterminación considerando que ... los precios unitarios redeterminados y el monto de obra faltante obtenido de $XXXX son justificados...habilitando consecuentemente a la firma del Acta de Redeterminación de Precios (fojas //////).

                           
                         Puede resultar que en las mismas actuaciones tramite la inclusión de modificaciones de obra, y en tal sentido y ante observaciones de la SIGEN,  es criterio de esta DNV, aprobar los análisis de precios  atento haberse presentado varios casos análogos fue fijado un criterio que permitiera la inclusión de las modificaciones de obra en las redeterminaciones de precios independientemente de la oportunidad en que se aprueben las mismas, razón que motivó el dictado de la Resolución A.G. N° 573/07 cuya copia obra incorporada a fs. 286/292.

                          El citado acto administrativo en su artículo 1° establece ...autorizar la inclusión de las modificaciones de obra en la tramitación de las redeterminaciones de precios, aún cuando hayan sido aprobadas con posterioridad al mes del disparo de la Variación de Referencia, dado que las mismas se aprueban a valores de oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Resolución Conjunta N° 136/02 y N° 107/02 que aprueba las Normas Aclaratorias y Complementarias del Decreto N° 1295/2002...

                          Para mejor proveer a fojas XXXX  se dio intervención a la Subgerencia de Mantenimiento y Equipos quien a fs. XXXXX manifestó que los Análisis de Precios de las correspondientes modificaciones de obra están referidos a la fecha de apertura de la licitación.


                          Ahora bien, a renglón seguido se efectúa un detalle de la documentación que también forma parte de estas actuaciones, conforme las previsiones contenidas en la Resolución SIGEN N° 157/02:

a fs. XXXX solicitud de la contratista requiriendo la redeterminación de precios;
a fs. XXXXX cálculo de la Variación de Referencia;
a fs. XXXX Análisis de Precios presentados por la Contratista referidos al contrato y (de corresponder) a la Modificación  de Obra N°//// ;
a fs. XXXXX Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios al mes XXXXX correspondiente a los Rubros “Camino” y “ Puente”;
a fs. XXXXXXX documentación respaldatoria y fuentes de información aplicados;
a fs. XXXXXX documentación referida al cálculo;
informes de las áreas administrativas y técnicas competentes del comitente, Distrito Jurisdiccional (fs.XXXXX), Unidad de Auditoria Interna (fs. XXXX), Unidad de Redeterminación de Precios (fs. XXXXX),  Gerencia de Administración (fs.XXXXX);
a fs. XXXX nota mediante la cual manifiesta que la obra no cuenta con Anticipo Financiero;
a fs. XXXX fuente de información “Tabla I y de Transportes de la DNV;

                          Ahora bien, (DE CORRESPONDER) en fecha ////// estos actuados fueron elevados nuevamente a consideración de la SIGEN, organismo que produce un nuevo Informe mediante la Comisión formada en tal sentido.

                           Sobre el particular, efectúa la SIGEN algunas consideraciones previas a su conclusión, a las que remitimos en mérito a brevedad, expresando finalmente que ...analizada y ponderada la documentación tenida a la vista... con el alcance y las consideraciones citadas precedentemente, los procedimientos seguidos por la Comitente se ajustan razonablemente a las disposiciones previstas en el Decreto N° 1295/2002.
... con sujeción al alcance del presente informe esta SIGEN ha tomado la intervención que le compete en el marco del Decreto N° 1295/2002, modificado por su similar N° 1953/2002 y resoluciones complementarias y modificatorias...

                            Así, en fecha xxxxx la División Marcha de Contratos expresa que atento le fuera requerido por la Unidad de Redeterminación el Distrito Jurisdiccional remitió un nuevo cuadro comparativo en cual luce  fs. XXXXX.

                             Analizado el tema Marcha de Contratos expresa ha podido establecer que en lo atinente a los items involucrados en la redeterminación definitiva, los mismos responden sustancialmente a la modificación de obra aludida procediéndose a partir de ello a la verificación de las operaciones matemáticas del propio  cuadro comparativo, entendiéndose que no cabe efectuar comentarios respecto de la consistencia y criterios aplicados en ducha documentación.

                             A fs. /////// toma nueva intervención la Unidad Redeterminación de Precios la cual agrega que se ha incorporado a fs. XXXXX  la Nota N° XXXXX de la Subgerencia de Mantenimiento y Equipos mediante la cual informa que la esta obra no ha contado con Anticipo Financiero.

                              Por último, a fs. /////// la Gerencia de Administración mediante la División Presupuesto emite el correspondiente Informe de Imputación Presupuestaria con cargo al presupuesto xxxxx, agregando que al no practicarse aumento y/o disminución respecto al presupuesto original correspondería el dictado de un acto administrativo pertinente.
                                 
                                  Así las cosas, en cuanto corresponde emitir nueva opinión a esta Asesoría, en las intervenciones previas se han efectuado los encuadres de rigor, restando agregar que se ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el marco general que surge del Decreto Nº 1295/02 y  la Resolución SIGEN N° 157/02 y Resolución A.G. N° 573/2007, por lo tanto nada impide la prosecución de estas actuaciones conforme lo propiciado por las áreas preintervinientes.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


DICTAMEN N°



PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES







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