Subgerencia de Asuntos Jurídicos

La Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad tiene como responsabilidad primaria asesorar en todas las cuestiones que requieran interpretación legal, representar y defender judicialmente a la Repartición en todos los temas relacionados con la actividad vial, sustanciar los procedimientos en materias disciplinarias y vinculadas al patrimonio inmobiliario de la Repartición.

Está compuesta por la División Asesoramiento, la División Judicial Capital, la División Judicial Interior, y la División Régimen Inmobiliario. Asimismo, la Subgerencia está integrada por las 24 Secciones de Legales y Sumarios existentes a lo largo y ancho del país, en cada uno de los Distritos Jurisdiccionales de Vialidad (desde Tierra del Fuego hasta Jujuy), y de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Organo de Control de Concesiones Viales, toda vez que a partir del dictado del Decreto 1020/09, la Dirección Nacional de Vialidad es la Autoridad de Aplicación de los Contratos de Concesiones Viales.


lunes, 19 de diciembre de 2011

1. Proyecto de Dictamen Trabajos Extraordinarios Extracontractuales CREMA II - MALLA


EXPEDIENTE Nº


REFERENCIA: TRABAJOS EXTRAORDINARIOS EXTRACONTRACTUALES EN LA OBRA SISTEMA C.RE.MA. ETAPA II- MALLA

CONTRATISTA: EMPRESA

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL


                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio


                           Los actuados traídos a consideración se relacionan con el reconocimiento de trabajos extracontractuales, realizados como consecuencia de (por ejemplo situación imprevista como por ejemplo la erupción del Complejo Volcánico Puyehue, que afectó la Obra de la referencia en la Provincia del Neuquén.


                             En lo relativo a los aspectos de orden técnico remitimos a los informes del Distrito Jurisdiccional y de la Gerencia de Obras y Servicios Viales, obrantes a fojas XXXX respectivamente.


                             Al respecto, de acuerdo a los informes de las áreas técnicas las causas que dieran origen al presente han comprometido seriamente a la obra en cuestión.

                             Ahora bien, mediante Orden de Servicio Nº XXXX, a fs. XXXX se ordena a la Contratista una nueva encomienda, no prevista en las tareas propias del contrato, para mantener la transitabilidad y preservar la seguridad de los usuarios.

                             La Contratista, mediante Nota de Pedido Nº XXXX, a fojas XXXXX  asume el requerimiento de la Repartición, poniendo a disposición el equipamiento y personal para desarrollar las tareas ordenadas, solicitando que los trabajos  requeridos sean considerados como Evento Compensable de acuerdo a lo previsto en la Sección 4- “Datos del Contrato” artículo 44 “Eventos Compensables” del Pliego General de Bases, Condiciones y Especificaciones Técnicas para la Licitación de Contratos”.

                             Con posterioridad, la Contratista presentó la documentación que para el caso corresponde, consistente en Memoria Técnica (fs.XXX), Cómputo Métrico (fs. XXX), Presupuesto (fs. XXX) y Plan de Trabajos (fs. XXXX).


                             Para la ejecución de los trabajos incorporados  se mantienen los precios unitarios presentados por la Contratista en oportunidad del Proyecto Ejecutivo.

                             Así las cosas, la Gerencia de Obras y Servicios Viales a fojas XXXXX expresa que el informe del XXXX Distrito obrante a fojas XXXX manifiesta efectivamente la causa que provocó el daño encuadra en la figura de Evento Compensable prevista en el Pliego de Condiciones.

                            Agrega la Gerencia que el desarrollo metodológico resulta técnicamente apropiado a los fines previstos.

                            A fojas XXXX obra el Convenio de práctica en el cual se establece:

compromiso de la Contratista de ejecutar las obras de conformidad con la metodología de trabajo descripta;
precio total del Evento Compensable de $XXXXX.- certificándose mensualmente de acuerdo a lo ejecutado;
plazo de ejecución de XXXX días corridos, contados a partir de XXXXXX;
renuncias de práctica.

                             Por todo lo expuesto, la Gerencia de Obras y Servicios Viales mediante Nota XXXXX de fecha  XXXXX  propicia el dictado de un acto administrativo en los siguientes términos:
Aprobar lo actuado por el XXXX Distrito y en consecuencia las obras contempladas en el Evento Compensable Nº XXX, por la suma de $ XXXX a valores de origen, certificándose mensualmente de acuerdo a lo ejecutado;
Aprobar el cálculo efectuado por la Unidad Redeterminación de Precios que luce a fs. XXX, que determina un Mayor Gasto por Adecuación Provisoria de Precios de $XXXXX al mes de XXXXXXX, arribando a una inversión total de $ XXXXX para le presente Evento Compensable Nº XXX;
Aprobar el Convenio de fs. XXXX  y la Memoria Técnica (fs. XXXXX),  Presupuesto (fs. XXX) y Plan de Trabajos (fs. XXXX);
Establecer en XXXX días la ejecución del Evento Compensable Nº 1, cuya fecha de inicio el XXXXXX

                             A fojas XXXX,  la Subgerencia de Control de Gestión en fecha XXXX toma conocimiento de todo lo actuado. En igual sentido, se ha expedido la Gerencia de Planeamiento, Investigación y Control a fojas XXXX.
                             Por último, la Gerencia de Administración informa a fs. XXXXXX que  las erogaciones emanadas se atenderá en la partida presupuestaria y de ser necesario la Repartición realizará distintas compensaciones de créditos entre proyectos según lo consignado por la División Control Presupuestario a fs. XXXX.

                            Ahora bien, en cuanto corresponde emitir opinión a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos en los actuados que se tratan, en primer lugar corresponde recordar que los informes técnicos que hacen a la base de estos actuados, hacen plena fe para este servicio jurídico permanente, ello en razón que conforme criterio de la Procuración del Tesoro de la Nación, resultan suficientemente serios y razonables.

                           Sobre el particular se ha agregado a estos obrados documental que acreditaría lo expresado por el Distrito, en lo relativo al estado de la ruta que habría originado estas actuaciones, hecho este corroborado por la Gerencia técnica, cuyo informe es referencia párrafos arriba.

                            Por otra parte, en cuanto a las tareas a ejecutar como asimismo en lo referente a los montos a aprobar en tal concepto, escapa a las competencias y calificación de esta asesoría, pero se encontrarían avalados por las áreas técnicas de la Repartición.

                            Así las cosas, de estimarlo procedente esa Superioridad, pueden proseguir estas actuaciones en el sentido propiciado por la Gerencia de Obras y Servicios Viales, en los términos previstos en la Sección 4- “Datos del Contrato” artículo 44 “Eventos Compensables” del Pliego General de Bases, Condiciones y Especificaciones Técnicas para la Licitación de Contratos”.


                            Resta agregar que la documentación obrante a fojas XXX correspondiente a las facultades del apoderado de la Contratista, la misma resulte suficiente para efectuar las renuncias previstas en el Convenio y de acuerdo a lo previsto en el artículo 1881, inciso 5º del Código Civil.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS

DICTAMEN Nº___________________

PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES



                            

  

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