EXPEDIENTE Nº ///
REFERENCIA: S/CONVENIO ENTRE DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Y LA EMPRESA DE TRANSPORTE ///.
SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL:
Vienen a consideración de esta Asesoría Letrada las presentes actuaciones las cuales se relacionan con la aprobación del Convenio suscripto entre el representante de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y EMPRESA DE TRANSPORTE ///.
El presente Convenio que luce a fojas /// y su Anexo de fojas /// cuenta con /// (///) cláusulas, a cuyos términos me remito en mérito a la brevedad.
Conforme art. 1 se establece que: “/// sin reconocer hechos ni derechos, ofrece entregar a VIALIDAD NACIONAL la cantidad de /// litros de nafta súper, o suma equivalente en $///, en concepto de pago del canon correspondiente por el deterioro de la RUTA NACIONAL N ///. VIALIDAD NACIONAL declara cancelar las /// Actas de Constatación que se detallan en el Anexo I del presente convenio y VIALIDAD NACIONAL acepta en un todo de acuerdo”.
El art. 3° dispone que: “Con el fin de cumplir con el objeto del presente convenio /// entregará a la SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE APOYO – VIALIDAD NACIONAL – el valor previsto en la cláusula 1°, el cual podrá ser utilizado por VIALIDAD NACIONAL para la compra de insumos, materiales, y/o el pago de servicios, etc., por un total equivalente según las necesidades de VIALIDAD NACIONAL. Dicho valor deberá ser entregado sin excepción en la SUBGERENCIA DE SERVICIO DE APOYO, o cualquier lugar que indicare en el futuro y en forma fehaciente VIALIDAD NACIONAL”.
Ahora bien, este Servicio Jurídico toma la intervención que le compete en los presentes actuados, a efectos de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del Servicio.-
En relación a ello, se deja asentado que no hay objeciones de índole legal que oponer, a los términos del presente Convenio suscripto en tre las partes citadas en la referencia, obrante a fs. /// y su Anexo fojas ///.
Por lo cual, a efectos de continuar con el trámite de marras, correspondería convalidar del convenio suscripto entre las partes citadas, ello conforme lo estipulado por los artículos 37/38, del Decreto/Ley Nº 505/58 ratificado por Ley Nº 14.467.
SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS,
DICTAMEN Nº ___________________________
PASE A DESPACHO
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