Subgerencia de Asuntos Jurídicos

La Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad tiene como responsabilidad primaria asesorar en todas las cuestiones que requieran interpretación legal, representar y defender judicialmente a la Repartición en todos los temas relacionados con la actividad vial, sustanciar los procedimientos en materias disciplinarias y vinculadas al patrimonio inmobiliario de la Repartición.

Está compuesta por la División Asesoramiento, la División Judicial Capital, la División Judicial Interior, y la División Régimen Inmobiliario. Asimismo, la Subgerencia está integrada por las 24 Secciones de Legales y Sumarios existentes a lo largo y ancho del país, en cada uno de los Distritos Jurisdiccionales de Vialidad (desde Tierra del Fuego hasta Jujuy), y de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Organo de Control de Concesiones Viales, toda vez que a partir del dictado del Decreto 1020/09, la Dirección Nacional de Vialidad es la Autoridad de Aplicación de los Contratos de Concesiones Viales.


jueves, 15 de diciembre de 2011

13. Proyecto Dictamen Aprobación Convenio DNV - Empresa de Transporte "Multas"

EXPEDIENTE Nº ///
REFERENCIA: S/CONVENIO ENTRE DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Y LA EMPRESA DE TRANSPORTE ///.


SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL:

                       Vienen a consideración de esta Asesoría Letrada las presentes actuaciones las cuales se relacionan con la aprobación del Convenio suscripto entre el representante de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y EMPRESA DE TRANSPORTE ///.

                       El presente Convenio que luce a fojas /// y su Anexo de fojas /// cuenta con /// (///) cláusulas, a cuyos términos me remito en mérito a la brevedad.

                       Conforme art. 1 se establece que: “/// sin reconocer hechos ni derechos, ofrece entregar a VIALIDAD NACIONAL la cantidad de /// litros de nafta súper, o suma equivalente en $///, en concepto de pago del canon correspondiente por el deterioro de la RUTA NACIONAL N ///. VIALIDAD NACIONAL declara cancelar las /// Actas de Constatación que se detallan en el Anexo I del presente convenio y VIALIDAD NACIONAL acepta en un todo de acuerdo”.

                       El art. 3° dispone que: “Con el fin de cumplir con el objeto del presente convenio /// entregará a la SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE APOYO – VIALIDAD NACIONAL – el valor previsto en la cláusula 1°, el cual podrá ser utilizado por VIALIDAD NACIONAL para la compra de insumos, materiales, y/o el pago de servicios, etc., por un total equivalente según las necesidades de VIALIDAD NACIONAL. Dicho valor deberá ser entregado sin excepción en la SUBGERENCIA DE SERVICIO DE APOYO, o cualquier lugar que indicare en el futuro y en forma fehaciente VIALIDAD NACIONAL”.

                       Ahora bien, este Servicio Jurídico toma la intervención que le compete en los presentes actuados, a efectos de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del Servicio.-

                       En relación a ello, se deja asentado que no hay objeciones de índole legal que oponer, a los términos del presente Convenio suscripto en tre las partes citadas en la referencia, obrante a fs. /// y su Anexo fojas ///.

                       Por lo cual, a efectos de continuar con el trámite de marras,  correspondería convalidar del convenio suscripto entre las partes citadas, ello conforme lo estipulado por los artículos 37/38, del Decreto/Ley Nº 505/58 ratificado por Ley Nº 14.467.

SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS,





DICTAMEN Nº ___________________________

PASE A DESPACHO

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