Subgerencia de Asuntos Jurídicos

La Subgerencia de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad tiene como responsabilidad primaria asesorar en todas las cuestiones que requieran interpretación legal, representar y defender judicialmente a la Repartición en todos los temas relacionados con la actividad vial, sustanciar los procedimientos en materias disciplinarias y vinculadas al patrimonio inmobiliario de la Repartición.

Está compuesta por la División Asesoramiento, la División Judicial Capital, la División Judicial Interior, y la División Régimen Inmobiliario. Asimismo, la Subgerencia está integrada por las 24 Secciones de Legales y Sumarios existentes a lo largo y ancho del país, en cada uno de los Distritos Jurisdiccionales de Vialidad (desde Tierra del Fuego hasta Jujuy), y de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos del Organo de Control de Concesiones Viales, toda vez que a partir del dictado del Decreto 1020/09, la Dirección Nacional de Vialidad es la Autoridad de Aplicación de los Contratos de Concesiones Viales.


lunes, 19 de diciembre de 2011

1. Proyecto de Dictamen Trabajos Extraordinarios Extracontractuales CREMA II - MALLA


EXPEDIENTE Nº


REFERENCIA: TRABAJOS EXTRAORDINARIOS EXTRACONTRACTUALES EN LA OBRA SISTEMA C.RE.MA. ETAPA II- MALLA

CONTRATISTA: EMPRESA

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL


                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio


                           Los actuados traídos a consideración se relacionan con el reconocimiento de trabajos extracontractuales, realizados como consecuencia de (por ejemplo situación imprevista como por ejemplo la erupción del Complejo Volcánico Puyehue, que afectó la Obra de la referencia en la Provincia del Neuquén.


                             En lo relativo a los aspectos de orden técnico remitimos a los informes del Distrito Jurisdiccional y de la Gerencia de Obras y Servicios Viales, obrantes a fojas XXXX respectivamente.


                             Al respecto, de acuerdo a los informes de las áreas técnicas las causas que dieran origen al presente han comprometido seriamente a la obra en cuestión.

                             Ahora bien, mediante Orden de Servicio Nº XXXX, a fs. XXXX se ordena a la Contratista una nueva encomienda, no prevista en las tareas propias del contrato, para mantener la transitabilidad y preservar la seguridad de los usuarios.

                             La Contratista, mediante Nota de Pedido Nº XXXX, a fojas XXXXX  asume el requerimiento de la Repartición, poniendo a disposición el equipamiento y personal para desarrollar las tareas ordenadas, solicitando que los trabajos  requeridos sean considerados como Evento Compensable de acuerdo a lo previsto en la Sección 4- “Datos del Contrato” artículo 44 “Eventos Compensables” del Pliego General de Bases, Condiciones y Especificaciones Técnicas para la Licitación de Contratos”.

                             Con posterioridad, la Contratista presentó la documentación que para el caso corresponde, consistente en Memoria Técnica (fs.XXX), Cómputo Métrico (fs. XXX), Presupuesto (fs. XXX) y Plan de Trabajos (fs. XXXX).


                             Para la ejecución de los trabajos incorporados  se mantienen los precios unitarios presentados por la Contratista en oportunidad del Proyecto Ejecutivo.

                             Así las cosas, la Gerencia de Obras y Servicios Viales a fojas XXXXX expresa que el informe del XXXX Distrito obrante a fojas XXXX manifiesta efectivamente la causa que provocó el daño encuadra en la figura de Evento Compensable prevista en el Pliego de Condiciones.

                            Agrega la Gerencia que el desarrollo metodológico resulta técnicamente apropiado a los fines previstos.

                            A fojas XXXX obra el Convenio de práctica en el cual se establece:

compromiso de la Contratista de ejecutar las obras de conformidad con la metodología de trabajo descripta;
precio total del Evento Compensable de $XXXXX.- certificándose mensualmente de acuerdo a lo ejecutado;
plazo de ejecución de XXXX días corridos, contados a partir de XXXXXX;
renuncias de práctica.

                             Por todo lo expuesto, la Gerencia de Obras y Servicios Viales mediante Nota XXXXX de fecha  XXXXX  propicia el dictado de un acto administrativo en los siguientes términos:
Aprobar lo actuado por el XXXX Distrito y en consecuencia las obras contempladas en el Evento Compensable Nº XXX, por la suma de $ XXXX a valores de origen, certificándose mensualmente de acuerdo a lo ejecutado;
Aprobar el cálculo efectuado por la Unidad Redeterminación de Precios que luce a fs. XXX, que determina un Mayor Gasto por Adecuación Provisoria de Precios de $XXXXX al mes de XXXXXXX, arribando a una inversión total de $ XXXXX para le presente Evento Compensable Nº XXX;
Aprobar el Convenio de fs. XXXX  y la Memoria Técnica (fs. XXXXX),  Presupuesto (fs. XXX) y Plan de Trabajos (fs. XXXX);
Establecer en XXXX días la ejecución del Evento Compensable Nº 1, cuya fecha de inicio el XXXXXX

                             A fojas XXXX,  la Subgerencia de Control de Gestión en fecha XXXX toma conocimiento de todo lo actuado. En igual sentido, se ha expedido la Gerencia de Planeamiento, Investigación y Control a fojas XXXX.
                             Por último, la Gerencia de Administración informa a fs. XXXXXX que  las erogaciones emanadas se atenderá en la partida presupuestaria y de ser necesario la Repartición realizará distintas compensaciones de créditos entre proyectos según lo consignado por la División Control Presupuestario a fs. XXXX.

                            Ahora bien, en cuanto corresponde emitir opinión a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos en los actuados que se tratan, en primer lugar corresponde recordar que los informes técnicos que hacen a la base de estos actuados, hacen plena fe para este servicio jurídico permanente, ello en razón que conforme criterio de la Procuración del Tesoro de la Nación, resultan suficientemente serios y razonables.

                           Sobre el particular se ha agregado a estos obrados documental que acreditaría lo expresado por el Distrito, en lo relativo al estado de la ruta que habría originado estas actuaciones, hecho este corroborado por la Gerencia técnica, cuyo informe es referencia párrafos arriba.

                            Por otra parte, en cuanto a las tareas a ejecutar como asimismo en lo referente a los montos a aprobar en tal concepto, escapa a las competencias y calificación de esta asesoría, pero se encontrarían avalados por las áreas técnicas de la Repartición.

                            Así las cosas, de estimarlo procedente esa Superioridad, pueden proseguir estas actuaciones en el sentido propiciado por la Gerencia de Obras y Servicios Viales, en los términos previstos en la Sección 4- “Datos del Contrato” artículo 44 “Eventos Compensables” del Pliego General de Bases, Condiciones y Especificaciones Técnicas para la Licitación de Contratos”.


                            Resta agregar que la documentación obrante a fojas XXX correspondiente a las facultades del apoderado de la Contratista, la misma resulte suficiente para efectuar las renuncias previstas en el Convenio y de acuerdo a lo previsto en el artículo 1881, inciso 5º del Código Civil.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS

DICTAMEN Nº___________________

PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES



                            

  

2. Proyecto de Dictamen Plan de Obras Restauración y Convenio DPV-DNV

EXPEDIENTE N°/////.

REFERENCIA: PLAN PARA TODOS LOS ARGENTINOS- RESTAURACIÓN Y CONVENIO SUSCRIPTO EN FECHA ////// ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE /////// PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS ////// RUTAS PROVINCIALES N° ///////

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL

                                                                    Vienen a consideración de esta Subgerencia de Asuntos  Jurídicos los actuados relacionados con la aprobación del presupuesto para la Obra citada en la referencia.


La obra en cuestión se encuentra dentro del “Plan  de Obras para todos los argentinos” suscripto entre la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DE LA NACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de fecha XXXXX. En el citado Convenio la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD  se compromete a realizar la Obra: XXXX, con un monto de $ XXXXX.


En el Convenio también las partes han acordado que Vialidad Provincial tendrá a su cargo la elaboración del proyecto y                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Presupuesto de la Obra que se trata; también, confeccionará la documentación necesaria para el llamado a Licitación, estudios, pliegos de condiciones y especificaciones técnicas particulares, cómputos métricos, presupuestos y toda otra documentación necesario para tal fin.


Por su parte, Vialidad Nacional aprobará el presupuesto, quedando así Vialidad Provincial habilitada a proceder al llamado a licitación pública para la ejecución de los trabajos. En el artículo XXXXX del Convenio suscripto, VIALIDAD NACIONAL y en función de los recursos existentes efectuará un anticipo financiero de hasta un 10% del monto de Contrato.


Ahora bien, Vialidad Provincial a través de la Resolución Nº XXXX de fechaXXXXX, cuya copia obra a fojas XXXX, aprobó la Licitación Pública N° XXXX y adjudicó la obra a la Empresa XXXXX por el monto de la oferta que ascendió a la suma de $XXXXX.


En el artículo XXXX autoriza la suscripción del contrato dentro de los 30 días posteriores, a partir del siguiente, de la aprobación de la adjudicación por parte de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD de la obra de que se trata, cuestión que no está contemplada en el Convenio.


En el artículo XXX del Convenio, se establece que VIALIDAD NACIONAL  deberá aprobar el Presupuesto de la obra que nos ocupa previo al llamado a licitación pública por parte de VIALIDAD PROVINCIAL.


Así las cosas, las actuaciones que se tratan son giradas a esta Dirección Nacional para la tramitación de la convalidación de lo actuado.


En tal sentido, han tomado intervención en estos actuados la Subgerencia de Estudios y Proyectos, la Coordinación General U.CO.PRO.LI., la Gerencia de Planeamiento, Investigación y Control y por último Gerencia de Administración, siendo todas contestes en nada impide la prosecución de estos actuados en el sentido requerido por nuestra par provincial.


Ahora bien, en cuanto corresponde emitir opinión a este servicio jurídico, nada impediría, de así estimarlo pertinente la Administración General, convalidar lo actuado por la provincia aún cuando corresponde poner de resalto que en el futuro debería ser remitidos los actuados como el presente previo al llamado a Licitación Pública, tal y  como establece el Convenio madre para la aprobación de su presupuesto oficial.


Por lo demás, habiéndose expedido las áreas técnicas de la Repartición sin mediar observaciones de su parte, para el servicio jurídico sus informes hacen plena fe, conforme expresa en tal sentido, la Procuración del Tesoro de la Nación.

Por lo expuesto, y en caso que esa Superioridad considere pertinente la aprobación del nuevo presupuesto aún cuando ello no fue notificado a esta D.N.V. y previo al llamado a Licitación Pública y adjudicación posterior, podría convalidar lo actuado y aprobar en consecuencia el nuevo monto de presupuesto, ello si a su criterio responde a una cuestión de oportunidad, mérito y conveniencia.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


DICTAMEN N°


PASE A LA GERENCIA DE  PLANEAMIENTO, INVESTIGACIÓN Y CONTROL.


jueves, 15 de diciembre de 2011

3. Proyecto Dictamen Neutralización del Plazo de Obra

EXPEDIENTE N° //////
REFERENCIA: NEUTRALIZACIÓN DEL PLAZO DE OBRA
EMPRESA: /////

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL

                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio

                            Los actuados que se tratan se relación con la neutralización del plazo de la obra contado desde el ///// hasta el día ///// o bien hasta cuando las condiciones climáticas así lo permitan.

                            Al respecto, los actuados que se tratan han sido elevados a esta Casa Central por el Distrito Jurisdiccional, adjuntando en tal sentido Acta de Neutralización y Convenio suscripto entre el citado y la Contratista.

         
                            Sobre el particular, a fs. XXXX obra el Convenio indicado de fecha XXXXX, y del cual surge en el artículo XXXXX el opus de estos actuados.

                            Así también, las partes acordaron que en caso de producirse el reinicio de obra a la salida de las vedas climáticas citadas en el artículo primero se ampliará el plazo de obra en forma proporcional a la cantidad de días que se postergue el inicio de obra después de la fecha citada.

                            Finalmente la Contratista expresa que ha tenido en cuenta toda la incidencia económica que se hubiere producido al momento de la suscripción del Convenio haciendo expresa y formal renuncia en los términos de los artículos 871, 872 y 873 del Código Civil a los derechos emergentes y sus consecuentes reclamos interpuestos o a interponer  por Indemnizaciones y/o Gastos Improductivos y/o Gastos Generales o Indirectos que estimare corresponder.

                                                                     Por otra parte, a fs. XXXXX obra la documentación acreditante de personería del representante de la Contratista en la suscripción de la documentación de estos actuados con facultades suficientes para las renuncias expresadas en ese cuerpo legal, conforme los términos del artículo 1881, inciso 4 del Código Civil.

                              Por último, la Gerencia de Obras y Servicios Viales a fs. XXXX  agrega que el temperamento propuesto por el Distrito Jurisdiccional es concordante con lo establecido en el Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas Particulares.

                              Así las cosas, en cuanto corresponde emitir opinión a esta Subgerencia, nada tiene que objetar a la aprobación de la neutralización del plazo, atento que se trata de una cuestión prevista contractualmente.

                              (PUEDE DARSE EL SUPUESTO QUE NO SE ENCUENTRE PREVISTA LA NEUTRALIZACIÓN EN EL PLIEGO) pero de todas formas si las áreas técnicas avalan fundamente los argumentos que sirven de sustento a la neutralización, pueden también aprobarse aunque la ley de obras públicas no lo incluye esa figura en forma expresa.


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DICTAMEN N°


PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES



4. Proyecto Dictamen Modificación de Obras y Neutralización de Plazos

EXPEDIENTE N° /////

REFERENCIA:  MODIFICACIÓN DE OBRAS Y NEUTRALIZACIÓN DE PLAZOS EN LA OBRA RUTA NACIONAL N° ////; TRAMO /////- SECCION ////.




SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL

                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio
                                                                    Los actuados puestos a consideración refieren, por una parte, a la Modificación de la Obra citada en la referencia originada, conforme se desprende de los informes técnicos, como consecuencia de XXXXX.

                           Por otra parte, tramita conjuntamente la neutralización de plazo en razón de (por ejemplo, considerando el inicio de la temporada invernal entre la fecha 01 de mayo de 2010 hasta el 30 de diciembre de 2010). A tal efecto fue suscripta el Acta de Neutralización correspondiente a fojas XXXXX.

                            A fs. XXXX corre agregado el Informe elaborado por el Distrito Jurisdiccional en el cual expresan más detalladamente los motivos de las necesidades de la presente modificación en trámite, agregando a fs. XXXXX los nuevos Cómputos Métricos.

                            Así las cosas, el Distrito- XXXX- cursó la documentación correspondiente a la 1° Modificación de la cual se desprende a fs. XXXX el Cuadro Comparativo de Obras e Importes Autorizados y a Autorizar a valores de Contrato del cual resulta un Mayor Gasto  a aprobar de $ XXXX ascendiendo el monto total de la obra a la suma de $XXXXX  lo cual implica un incremento del XXXX.

                          Asimismo, habiéndose redeterminado provisoriamente al mes de ///// los precios unitarios de Contrato, se procedió a la confección del Cuadro Comparativo de fs. /////, que contempla las nuevas cantidades de la 1° MODIFICACIÓN DE OBRA surgiendo un Mayor Gasto a aprobar de $ ////// y una inversión total de $ ///////.

                              A fs. ///// se encuentra el Convenio suscripto entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Contratista – ad referéndum de la Superioridad- en el cual  analizados todos sus términos por esta asesoría letrada no merecen reparos de orden legal que efectuarle.

                              Por otra parte, la Gerencia de Obras y Servicios Viales aclara que previo a la aprobación de estos actuados se le requerirá a la Contratista la ampliación de la garantía de contrato, tal como fuera establecido mediante la Circular N° 03/06 del Sr. Administrador General.

                              Así, la Gerencia técnica, compartiendo el temperamento propiciado por la Jefatura Jurisdiccional considera que  correspondería dictar acto  administrativo en los siguientes términos:

Aprobar:

a) la modificación de obra de la cual surge un Mayor Gasto a aprobar de PESOS  XXXX ($ XXXX), quedando así una inversión total de PESOS XXXXXX($ XXXX), a valores redeterminados provisoriamente al mes de XXXX,  conforme el Cuadro Comparativo de Obras, Importes Autorizados y Modificaciones a Autorizar de fs. XXXX, que también se aprueba;

b) el “Acta de Neutralización” de obra por (Ej. veda invernal) de fs. XXXX, durante el período comprendido entre las fechas XXXX y XXXX y/o cuando las condiciones climáticas así lo permitiesen;
c) los cómputos métricos de fs. XXXX;

d) convalidar el Convenio de fs. XXX;

e)afrontar el gasto con la Partida Presupuestaria que la Gerencia de Administración determine.

                             Por último, a fs. XXX se encuentran las actuaciones de la Gerencia de Administración de la cual surge el informe de imputación presupuestaria con cargo    a la partida presupuestaria XXXXX y agrega que de ser necesario la Repartición realizará distintas compensaciones de créditos entre proyectos.
                             Así las cosas, en cuanto corresponde emitir dictamen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos, en primer lugar, corresponde recordar que el mismo no puede versar acerca de aspectos técnicos como así tampoco de orden financiero y económico, en razón que tales tópicos no pertenecen al ámbito de competencia de la misma.

                             Con relación los aspectos citados en el párrafo precedente la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho que, en la medida que los informes técnicos resulten suficientemente serios y razonables hacen plena fe para los servicio jurídicos.

                            En lo relativo al aspecto legal de los actuados en análisis, los mismos tienen sustento legal en las previsiones contenidas en la Ley de Obras Públicas de la Nación en su artículo 30 y concordantes, que admiten la posibilidad de introducir modificaciones  en los trabajos contratados previa autorización de autoridad competente.

                            Teniendo en cuenta el mayor gasto a aprobar, oportunamente la Gerencia de Obras y Servicios Viales, deberá solicitar a la empresa contratista que acompañe la AMPLIACIÓN DE LA PÓLIZA DE GARANTÍA, conforme lo dispone la Circular 3/06.-

                            Por otra parte, visto el Convenio de fs. XXX el mismo no merece reparos que oponerle como así tampoco la documentación obrante a fs. XXX, esto es la documentación acreditante de personería de quien suscribe el Convenio en representación de la Contratista con facultades suficientes para efectuar las renuncias plasmadas en el Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1881, inciso 4º del Código de Fondo.


                            Sin más, sigan estas actuaciones conforme el criterio sustentado por las áreas preopinantes.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS

DICTAMEN N°

PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES


                              


         

5. Proyecto Dictamen Redeterminación de Precios - Sistema C.RE.MA. MALLA

EXPEDIENTE N° /////

REFERENCIA: REDETERMINACION DE PRECIOS- PRÓRROGA DEL LAPSO DE APLICACION DEL SISTEMA C.RE.MA. MALLA

CONTRATISTA: /////

SEÑOR ADMINISTRACIÓN GENERAL


                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias de esta Asesoría Letrada.
                                                                                     
                                                                   Los actuados tratan la Redeterminación de Precios, de acuerdo al Decreto N° 1295/02,  Lapso de Aplicación del Programa aprobada por Resolución A.G. N° 2354/09  correspondiente a la obra ejecutada por el Sistema C.Re.Ma. Malla ///// – Provincia //////. Ruta Nacional Nº ///// - Tramo  /////  Sección ////.

                          Al respecto, la Unidad de Redeterminación de Precios ha procedido a efectuar el cálculo de la citada Redeterminación en un todo de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente y en la No Objeción  a la Metodología para la Redeterminación de  Precios de Obras en contratos financiados por el BIRF – Programa 4295 AR- Metodología C.Re.Ma. “otorgada por el Banco Mundial con fecha 20/03/03.

Además, se ha confeccionado los proyectos de Acta de Redeterminación de Precios y de la pertinente Resolución Aprobatoria.

Las erogaciones de la Prórroga del Contrato son atendidas con fondos provenientes del Tesoro Nacional (FTN).

Documentación que integra estos actuados:

  • a fs. XXXX se acompaña copia de la documentación tenida en cuenta en la Redeterminación de Precios;
  • a fs. XXXX corre copia de los Cómputos Métricos, Presupuestos y de los Análisis de Precios, correspondientes a la Prórroga que sirvieron de base para el cálculo de la Redeterminación de Precios;
  • a fs. XXXX se incorporó el cálculo correspondiente elaborado por la Unidad de Redeterminación de los Precios;
  • a fs. XXXXX obra el informe de la Unidad de Auditoria Interna N° XXXX;
  • a fs. XXXX corre copia del Acta de Constatación de Cumplimiento de los Trabajos correspondientes a la Prórroga;
  • a fs. XXXX se incorporan los Testimonios mediante los que la Contratista designa a su apoderado;
  • a fs. XXX se halla la planilla de cálculo de la cual surge la diferencia a certificar a favor de la Contratista;
  • a fs. XXXX obra el Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios;
  • a fs. XXXX corre el Proyecto de Resolución Aprobatoria del Señor Administrador General.

                           Importes resultantes del Acta de Redeterminación de Precios:

     El importe total redeterminación de la  prórroga del contrato asciende a la suma de $XXXX que implica un incremento de $ XXXXX con respecto al importe de $ XXXX resultante de las correspondientes certificaciones según se desprende de la planilla obrante a fs. XXXX;

                    Surge de los informes que, atento a la modalidad de contratación de la presente Malla no resulta necesaria la confección de un Cuadro Comparativo de Cantidades e Importes, por cuanto el citado Importe Total Redeterminado  surge de aplicar directamente al Precio Básico el Coeficiente de Variación para la Certificación de XXXXX para los Certificados XXXX y el de XXXX para los Certificados XXXXX;
                   
                      Así las cosas, la Subgerencia de Obras y Concesiones propicia la continuidad del trámite en sentido favorable a su aprobación.

                      Ha tomado también la intervención de su competencia la Gerencia de Administración a fojas XXX, la cual ha emitido el pertinente Informe de Imputación Presupuestaria con cargo al presupuesto XXXX y agrega que en caso de resultar necesario realizará distintas compensaciones de créditos entre proyectos según lo señalado a fs. XXX por la División Control Presupuestario.

 
                        Ahora bien, en cuanto corresponde emitir opinión a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos y sin adentrarnos en los temas de técnicos, de cálculo y financiero, siendo todos esos aspectos materia de competencia de otras áreas de la D.N.V., sí corresponde informar que los actuados que se tratan encuadran en lo establecido en la normativa vigene y en la No Objeción a la “Metodología para la Redeterminación de Precios de Obras en contratos financiados por el BIRF- Programa 4295 AR- Metodología C.Re.Ma. otorgada por el Banco Mundial con fecha 20/03/03.

                   SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


DICTAMEN N°



PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES- SUBGERENCIA DE OBRAS Y CONCESIONES.- UNIDAD DE REDETERMINACION DE PRECIOS.



6. Proyecto Dictamen Redeterminación Definitiva de Precios

EXPEDIENTE N° //////
REFERENCIA: REDETERMINACION DEFINITVA DE PRECIOS AL MES DE ////// PARA LOS RUBROS PUENTE Y CAMINO (E INCLUSIÓN DE MODIFICACIÓN DE OBRA *en caso de corresponder*)  DEL CONTRATO DE LA OBRA RUTA ////// PROVINCIA DE //////; TRAMO: /////; SECCION ////
CONTRATISTA: //////

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL
                                                                
                                                                Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio


                          Al respecto, los actuados que se tratan se  relacionan con la Redeterminación Definitiva de Precios al mes de XXXX para los Rubros “Puente y Camino” del contrato de la Obra citada en la referencia.

                           El proceso de redeterminación fue elaborado por el xxxx Distrito- xxxx-, aplicando la metodología y el instructivo vigente- Nota Circular N° 2173 (07-03-05) oportunamente dispuestos para las redeterminaciones de los contratos celebrados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD..

                            Por su parte, la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de esta D.N.V. mediante su Informe U.A.I. N° ///// ha prestado conformidad al cálculo de la Redeterminación considerando que ... los precios unitarios redeterminados y el monto de obra faltante obtenido de $XXXX son justificados...habilitando consecuentemente a la firma del Acta de Redeterminación de Precios (fojas //////).

                           
                         Puede resultar que en las mismas actuaciones tramite la inclusión de modificaciones de obra, y en tal sentido y ante observaciones de la SIGEN,  es criterio de esta DNV, aprobar los análisis de precios  atento haberse presentado varios casos análogos fue fijado un criterio que permitiera la inclusión de las modificaciones de obra en las redeterminaciones de precios independientemente de la oportunidad en que se aprueben las mismas, razón que motivó el dictado de la Resolución A.G. N° 573/07 cuya copia obra incorporada a fs. 286/292.

                          El citado acto administrativo en su artículo 1° establece ...autorizar la inclusión de las modificaciones de obra en la tramitación de las redeterminaciones de precios, aún cuando hayan sido aprobadas con posterioridad al mes del disparo de la Variación de Referencia, dado que las mismas se aprueban a valores de oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10° de la Resolución Conjunta N° 136/02 y N° 107/02 que aprueba las Normas Aclaratorias y Complementarias del Decreto N° 1295/2002...

                          Para mejor proveer a fojas XXXX  se dio intervención a la Subgerencia de Mantenimiento y Equipos quien a fs. XXXXX manifestó que los Análisis de Precios de las correspondientes modificaciones de obra están referidos a la fecha de apertura de la licitación.


                          Ahora bien, a renglón seguido se efectúa un detalle de la documentación que también forma parte de estas actuaciones, conforme las previsiones contenidas en la Resolución SIGEN N° 157/02:

a fs. XXXX solicitud de la contratista requiriendo la redeterminación de precios;
a fs. XXXXX cálculo de la Variación de Referencia;
a fs. XXXX Análisis de Precios presentados por la Contratista referidos al contrato y (de corresponder) a la Modificación  de Obra N°//// ;
a fs. XXXXX Proyecto de Acta de Redeterminación de Precios al mes XXXXX correspondiente a los Rubros “Camino” y “ Puente”;
a fs. XXXXXXX documentación respaldatoria y fuentes de información aplicados;
a fs. XXXXXX documentación referida al cálculo;
informes de las áreas administrativas y técnicas competentes del comitente, Distrito Jurisdiccional (fs.XXXXX), Unidad de Auditoria Interna (fs. XXXX), Unidad de Redeterminación de Precios (fs. XXXXX),  Gerencia de Administración (fs.XXXXX);
a fs. XXXX nota mediante la cual manifiesta que la obra no cuenta con Anticipo Financiero;
a fs. XXXX fuente de información “Tabla I y de Transportes de la DNV;

                          Ahora bien, (DE CORRESPONDER) en fecha ////// estos actuados fueron elevados nuevamente a consideración de la SIGEN, organismo que produce un nuevo Informe mediante la Comisión formada en tal sentido.

                           Sobre el particular, efectúa la SIGEN algunas consideraciones previas a su conclusión, a las que remitimos en mérito a brevedad, expresando finalmente que ...analizada y ponderada la documentación tenida a la vista... con el alcance y las consideraciones citadas precedentemente, los procedimientos seguidos por la Comitente se ajustan razonablemente a las disposiciones previstas en el Decreto N° 1295/2002.
... con sujeción al alcance del presente informe esta SIGEN ha tomado la intervención que le compete en el marco del Decreto N° 1295/2002, modificado por su similar N° 1953/2002 y resoluciones complementarias y modificatorias...

                            Así, en fecha xxxxx la División Marcha de Contratos expresa que atento le fuera requerido por la Unidad de Redeterminación el Distrito Jurisdiccional remitió un nuevo cuadro comparativo en cual luce  fs. XXXXX.

                             Analizado el tema Marcha de Contratos expresa ha podido establecer que en lo atinente a los items involucrados en la redeterminación definitiva, los mismos responden sustancialmente a la modificación de obra aludida procediéndose a partir de ello a la verificación de las operaciones matemáticas del propio  cuadro comparativo, entendiéndose que no cabe efectuar comentarios respecto de la consistencia y criterios aplicados en ducha documentación.

                             A fs. /////// toma nueva intervención la Unidad Redeterminación de Precios la cual agrega que se ha incorporado a fs. XXXXX  la Nota N° XXXXX de la Subgerencia de Mantenimiento y Equipos mediante la cual informa que la esta obra no ha contado con Anticipo Financiero.

                              Por último, a fs. /////// la Gerencia de Administración mediante la División Presupuesto emite el correspondiente Informe de Imputación Presupuestaria con cargo al presupuesto xxxxx, agregando que al no practicarse aumento y/o disminución respecto al presupuesto original correspondería el dictado de un acto administrativo pertinente.
                                 
                                  Así las cosas, en cuanto corresponde emitir nueva opinión a esta Asesoría, en las intervenciones previas se han efectuado los encuadres de rigor, restando agregar que se ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el marco general que surge del Decreto Nº 1295/02 y  la Resolución SIGEN N° 157/02 y Resolución A.G. N° 573/2007, por lo tanto nada impide la prosecución de estas actuaciones conforme lo propiciado por las áreas preintervinientes.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


DICTAMEN N°



PASE A LA GERENCIA DE OBRAS Y SERVICIOS VIALES







7. Proyecto Dictamen Aprobación de la Recepción Provisional y del Certificado


EXPEDIENTE N° -
REFERENCIA: APROBACIÓN DE LA RECEPCIÓN PROVISIONAL y EL  CERTIFICADO N° XXXX  R.P. OBRA RUTA NACIONAL N° XXX - PROVINCIA DE XXXX - TRAMO XXXXX; SECCION:
CONTRATISTA:

SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL



                                                                   Vienen a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos los actuados relacionados con el objeto de evaluar el encuadre de legalidad del procedimiento conforme las competencias propias del servicio
                          
                            Los actuados trata de la Recepción Provisional de la obra citada en la referencia y así también del Certificado Nº XXXX RP.

                            Así, surge de los informes técnicos que anteceden el que se trata que, ejecutados que fueran los trabajos conforme a las condiciones especificadas y a las órdenes impartidas por la Supervisión se procedió a labrar el Acta de Recepción Provisional obrante a fs. XXX, de con fecha XXXX, Ad referéndum del Sr. Administrador General y a la emisión del Certificado N° XXX R.P. 1° cuyo monto nominal asciende a la suma de $ /////.

                            El Control de Calidad de los trabajos ejecutados fu realizado por el Distrito (XXXXX) con resultados satisfactorios.

                            En el Informe de Recepción Provisional obrante a fs. XXXX, el Distrito Jurisdiccional  detalla las variaciones experimentadas en los items en cantidades, variación porcentual y su justificación respectiva con relación a lo aprobado, a cuyos términos la Gerencia de Obras y Servicios Viales remite, como resultado de la medición final que integra la documentación.
                   
                           Así las cosas, a fs. //// corre agregado el Convenio, mediante el cual la Contratista acepta mantener el precio unitario para los items que experimentaron una variación en más o menos, superior al 20% como así mismo se establecen las renuncias de práctica para estos casos.

                          Por otra parte, y de acuerdo a lo descripto y al Cuadro Comparativo de Obras e Importes Autorizados y Modificaciones a Autorizar a fs. XXX surge un Mayor Gasto a aprobar de $ ////// a valores adecuados al mes de XXXX de Contrato.

                           Así las cosas, la Gerencia de Obras y Servicios Viales en su Informe N° XXXX de fecha XXXXX  estima que correspondería dictar Resolución aprobatoria en el siguiente seguido:

1)- aprobar el “Acta de Recepción Provisional de Obra de fs. XXXXX;

2)- aprobar el Certificado N° XXXX R.P. de fs. XXXX por un importe nominal de $XXXXXXXX;

3)- aprobar el “Cuadro Comparativo de Obras e Importes Autorizados” de fs. XXXXX que arroja un Mayor Gasto a aprobar de $XXXXX a valores adecuados al mes de XXXXXX;

4)- aprobar el Convenio de mantenimiento de precios unitarios de fs. XXXXX por el cual la Contratista expresa las renuncias de práctica para estos casos;

6) imputar el mayor gasto resultante a la partida  indicada por la Gerencia de Administración;

7)- aprobar el Informe Técnico de fs. XXXXXX.

                       
                         Por último, la Gerencia de Administración emitió el pertinente informe de imputación presupuestaria a fs. XXXXX y agrega a fs. XXXX que de resultar necesario la Repartición efectuará compensaciones de créditos entre proyectos en la medida que hubiese que ajustar los créditos disponibles a la ejecución real de los distintos proyectos.


                        Así las cosas, en cuanto corresponde emitir opinión a esta Subgerencia de Asuntos Jurídicos, en primer lugar recordamos que informes técnicos hacen plena fe para los servicios jurídicos en la medida que resulten suficientemente serios y razonables, tal y como son los que integran estas actuaciones.

                        En lo relativo al encuadre legal pertinente, vemos que la Ley N° 13.064 de OBRAS PUBLICAS NACIONALES en su Capítulo VI- Recepción de Obras, artículo 40 expresa  Las obras podrán recibirse parcial o totalmente, conforme con lo establecido en el contrato; pero la recepción parcial también podrá hacerse cuando se considere conveniente, por autoridad competente.
La recepción total o parcial tendrá carácter provisional hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía que se hubiese fijado.


                        Por otra parte, en lo referente al Convenio de práctica el mismo no merecen observaciones que efectuarle, restando agregar que en cuanto a la documentación acreditante de personería de quien suscribe en nombre y representación de la Contratista tiene facultades suficientes para suscribir los términos del acuerdo, de acuerdo a lo exigido por el artículo 1881, inciso 4º del Código Civil,  conforme da cuenta la documentación de XXXXX.

                        Así las cosas, nada impide la prosecución de esos actuados en los términos propuestos por la Gerencia de Obras y Servicios Viales.


SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS


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